Art. 36 inc.9 "De los indígenas. La Provincia reivindica la existencia de los pueblos indígenas en su territorio, garantizando el respeto a sus identidades étnicas, el desarrollo de sus culturas, y la posesión familiar y comunitaria de las tierras que legítimamente ocupan".entre mcuchas cosas de una charla larga que tengo que reconstruir, pablo, que es periodista pero mas que nada un nodo de nodos, me hizo notar que la constitucion de la provincia de buenos aires, ademas de tardía en relacion a las de otras provincias, no reconoce pre-existencia de los pueblos indigenas sino la existencia. en otras palabras, los indigenas existen ahora, pero no estuvieron antes, por que la provincia que lleva el nombre de la gran ciudad que vino peleando protagonismo desde la colonia (en especial con lima por ver quien comerciaba el metalico potosino), se proyecta hacia el pasado indefinido. hablando esto el fin de semana en el barrio me dijeron "lo que pasa es que no quieren reconocer, tienen miedo, quieren tapar, pero esta ahi no se puede sacar". en esta misma charla fui interrogada sobre la diferencia entre alma y espiritu, cosas que no pude contestar, pero me fue explicada. de a poco.
Provincia de Buenos Aires (reforma constitucional 1994)
Monday, July 27, 2009
legislacion indígena de la provincia de buenos aires
Posted by polaroid at 5:23 PM
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